Introducción
Se realizó una mejora en el devengamiento de vacaciones para los casos de bajas.
La mejora radica en dos aristas:.
1- Si el empleado se da de baja y su antigüedad es superior a 6 meses, el sistema sólo realiza el cálculo real proporcionado.
2- Si el empleado se da de baja y su antigüedad es menor a 6 meses, el sistema nos permite elegir entre dos opciones
a- Real Proporcionado, tal como en la práctica y la doctrina generalizada indican (regla de 3 simple considerando los días trabajados en el año y los días de vacaciones según antigüedad y convenio).
b- Días por Convenio, por usos y costumbres de algunos de los clientes de Finnegans.
Otra mejora importante radica en la opción de elegir si el resultado se muestra en fracción o número entero a través de la opción de tildado:
- Tilde: Cálculo con fracción
- Sin tilde: Cálculo número entero
Modo de uso
Para poder calcular las vacaciones no gozadas que le corresponden a una persona que se da de baja, previamente debés informar la baja desde el maestro de Empleados.
Una vez registrada la baja debés proceder a realizar el devengamiento de las vacaciones.
Accedés desde Menú → HCM → Administración de Personal → Devengamiento Vacaciones.
Como se mencionó anteriormente, se pueden presentar distintos escenarios. A continuación se van a mostrar distintos ejemplos para poder visualizar mejor los cambios.
Ejemplo 1:
1- Si la antigüedad en meses es >= a 6 meses, el sistema te da la posibilidad de aplicar regla de tres simple.
a. Aplicar cálculo Método de cálculo “Real Proporcionado”Consulta:
Además tendrás la opción de generar el importe en número entero o fracción; en este último caso se tomará como parámetro para redondear hacia arriba o para abajo el decimal 5.
Por ejemplo:
- 1,6 → Redondeará a 2 días.
- 1,4 → Redondeará a 1 día.
Si usamos fracción nos quedará en 1, 6 y 1,4 proporción referida a días para ejemplo “a” y ejemplo “b” respectivamente.
Resultado cantidad de días: 23
Resultado cantidad de días: 23,3
Ejemplo 2:
Si la antigüedad < 6 meses
-
Si los días trabajados son menores a los días trabajados mínimos exigidos por Ley → días de vacaciones = 0
- Si los días trabajados son mayores a los días trabajados mínimos exigidos por Ley y antigüedad es < 6 meses
a. Método de cálculo “Dias convenio”
Días vacaciones correspondientes = (días trabajados * [días laborales del mes según categoría] / 30) / [días trabajados por día vacaciones según convenio]
Resultado cantidad de días: 1,8 días
Resultado cantidad de días: 2 días
b. Método de cálculo “Real Proporcionado”
-
Tomar del convenio días de vacaciones que corresponden según cantidad de años de antigüedad
-
Aplicar cálculo real proporcionado
Resultado cantidad de días: 1,7 días
Resultado cantidad de días: 2 días
Cuenta Corriente Vacaciones
Las vacaciones no gozadas liquidadas, impactará en la cuenta corriente de vacaciones, exponiendo en la columna Detalle el texto “no gozadas”, quedando de esta forma el saldo en 0.
Configuraciones Necesarias
Maestro de Convenios
Es necesario configurar:
a-Días trabajados por día de vacaciones en el encabezado del Maestro
b. Días laborales del mes
c. Cantidad de días de vacaciones según antigüedad