¿Qué es el ISAR y cómo funciona con el Mínimo Imponible?
El Impuesto Sujeto a Retención (ISAR) es el monto sobre el cual se aplica la retención para una operación específica. En el marco de la normativa tributaria argentina, la retención de un impuesto (como el de Ganancias) generalmente se activa solo cuando el monto de la operación supera un mínimo no imponible establecido.
Una vez que este mínimo se supera, la retención se calcula de manera diferente para las siguientes operaciones del mismo período (usualmente el mes).
Ejemplo práctico con una tasa del 2%: Primera y segunda operación del mes
Primera operación (se supera el mínimo imponible)
- Valor de la operación (ISAR): La organización realiza su primera operación de venta del mes. El monto total de la operación es de $1.000.000.
- Base Imponible: La base imponible para esta operación es de $124.000. Este valor se utiliza para calcular si se ha superado el mínimo imponible para que aplique la retención.
- Cálculo de la retención: Como la operación (o la diferencia entre la operación y la base imponible) supera el mínimo, se aplica la retención. $1.000.000 (ISAR) - $124.000 (Base imponible)
Por ende el calculo de la primera retención del mes es ($876.000) * 2% = 17.520
Segunda operación (ya se superó el mínimo imponible)
- Valor de la nueva operación (ISAR): La organización realiza una segunda operación en el mismo mes, por un valor de $500.000.
- Cálculo de la retención: Dado que en la primera operación ya se superó el mínimo no imponible del mes, la retención para esta segunda operación se calcula directamente sobre el total de la transacción.Valor de la nueva operación∗Tasa.
Por ende el cálculo es: ($500.000) * 2% = 10.000
Este enfoque es común en la retención de impuestos, ya que simplifica el cálculo una vez que se ha determinado que el contribuyente está sujeto a la retención por haber superado el umbral fiscal correspondiente.
Estos campos se pueden ver en la solapa “retenciones” en los documentos comerciales.
En la anterior captura de pantalla se puede ver un ejemplo práctico en el que se da una retención de ganancias imp. granos donde es el primer movimiento del mes por ende el isar acumulado es igual al isar y aunque la retención para el scoring productor-estado 2 debería ser del 2%, no se calculó por $250000 sino por $250000 - $142400.01(Minimo imponible) * 0.02.
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