IVA Simple ARCA: “Apertura de otros conceptos”

ARCA, a través de su Resolución General 5705/2025 , ha dispuesto que desde Noviembre de 2025 , todos los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) deberán operar de forma obligatoria con el nuevo sistema electrónico IVA Simple .

Sin embargo, una de las novedades que se encuentra de manera obligatoria a partir de Julio de 2025 es la necesidad de discriminar dentro del Portal IVA el apartado de “Otros Conceptos”. Dicha información puede cargarse a través de un importador o de manera manual. Finnegans actualmente no dispone de dicho exportador, por lo que el usuario deberá realizar la carga de estos datos tal como lo hace actualmente con la presentación de IVA por actividad (F-2002).

¿De qué se trata esta solapa?

Dicha solapa solicita detallar, por cada operación: la actividad económica, el tipo de sujeto, la operación realizada y la alícuota aplicable. Dicha apertura de conceptos deberá realizarse al momento de cargar los comprobantes, y no solo en la declaración jurada final.

Pasos a seguir

Una vez que el contribuyente carga los comprobantes de ventas y compras del período (el IVA Digital), el sistema exige completar la opción de “Apertura otros conceptos”, la cual se configura desde la pantalla de “Ajustes y otros conceptos para generar la declaración jurada”. Una vez dentro de esta opción, se habilitarán tres pestañas principales:

  • Ajustes al crédito fiscal (igual al Libro de IVA Digital)
  • Ajustes al débito fiscal (igual al Libro de IVA Digital)
  • Apertura de otros conceptos (nueva incorporación del régimen)

Es en esta última pestaña, “Apertura de otros conceptos”, donde se realiza la desagregación obligatoria de las operaciones registradas.

Al ingresar, el sistema despliega cuatro secciones diferenciadas según el tipo de efecto fiscal generado:

  • Operaciones que generan crédito fiscal.
  • Operaciones que generan restitución de crédito fiscal.
  • Operaciones que generan débito fiscal.
  • Operaciones que generan restitución de débito fiscal.

Para realizar estas operaciones se puede utilizar como guía la Posición de IVA que muestra el sistema y que se ingresa desde Gestión empresarial → Impuestos → Posición de IVA (para más información dirigirse a este instructivo Cómo configurar y utilizar Posición de IVA).

A tener en cuenta: en la posición de IVA no se muestra la división por conceptos tal como se muestra en ARCA( ejemplo 1 y 2 de la imagen). Las cuales deberán ser establecidas por el usuario según correspondan.

Dentro de cada sección, el sistema muestra el total de las operaciones previamente cargadas en los comprobantes, y solicita al contribuyente que asigne ese monto discriminado según los siguientes criterios obligatorios:

  • Tipo de actividad económica (según el código de ARCA)
  • Tipo de operación (ventas de bienes, servicios, exportaciones, etc.)
  • Tipo de sujeto comprador (responsable inscripto, consumidor final, monotributista, etc.)
  • Alícuota de IVA aplicable

Ejemplo para apertura de conceptos de comprobantes de compras


En este ejemplo se factura al 0%, al 10.5 y al 21% las cuales se seleccionan y se pueden ir cargando.

Ejemplo para apertura de conceptos de comprobantes de ventas

Se deberán ir cargando manualmente en esas opciones las ventas, de acuerdo al tipo de operación : Con Responsable Inscriptos, Con Monotributistas y Con Consumidores Finales, Exentos y No Alcanzados.

Dato Importante: A medida que se ingresan estos valores, el sistema indica en color rojo los importes parciales que aún no coinciden con los totales declarados en el IVA Digital (para compras y ventas). Sólo cuando todos los importes discriminados en la apertura coincidan exactamente con los montos de los comprobantes, el sistema permitirá avanzar con la registración.

Cuando los importes son consistentes, el sistema muestra los totales en color verde, habilitando la finalización del módulo. De lo contrario, se emite un mensaje de error con detalle de inconsistencias.

Una vez cargado todo se Selecciona en Guardar y se continúa con la carga de las demás operaciones de Crédito y Restitución.

Al finalizar toda la carga se puede acceder a una vista previa:

Donde se puede constatar:

  • Libro Iva Ventas

  • Libro IVA Compras

  • Información Consolidada de Ventas

  • Información Consolidada de Compras

  • Datos para la Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado

Luego se finaliza con la registración y los datos quedan guardados.