Consulta: Al importar el TXT de Reproweb se desactivan proveedores.
Gestión Empresarial > Impuestos > Importación de padrones Reproweb > Importación de Retenciones de Reproweb
Respuesta:
Esto se debe a la información que devuelve AFIP. El comportamiento que tiene el archivo cambiará según el código que posea.
Pasos a seguir:
- En el TXT enviado por AFIP, revisar el código que tiene el proveedor.
Por ejemplo, para este proveedor muestra el código 3:
La AFIP devuelve los siguientes códigos:
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“0”: Exento por Reproweb. Si el proveedor posee certificado de exclusión de la Resolución General N° 2.226 vigente al período de pago.
En este caso, el sistema completará el porcentaje de excepción del proveedor en cero en todos los conceptos de retención asociados al proveedor. De esta manera, desde el día 01 hasta el 31, no se aplicará cálculo de retención.
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“1”: Se aplicará la retención general vigente de acuerdo con la presente resolución general, siempre que no se trate de las operaciones mencionadas en el inciso b) del Artículo 9°, registrándose la escala general.
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“2”: El proveedor registra incumplimientos respecto de la presentación de sus declaraciones juradas fiscales y/o previsionales, tanto informativas como determinativas. Se registra 100 en excepción y porcentaje directo.
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“3”: El proveedor no reviste el carácter de responsable inscripto en el impuesto al valor agregado. Esto marca la baja del proveedor por Reproweb. En el maestro de proveedores, el campo de motivo de baja especifica que fue por Reproweb y lo “inactiva” para inhabilitar cualquier pago. Si al volver a importar el archivo, la situación del proveedor cambia, es decir, el código de Reproweb dejó de ser 3, el sistema lo activa nuevamente y saca el motivo de baja.
Se inactiva el tercero con el fin de que el usuario decida el curso de acción, ya sea quitar el concepto de retención de IVA o no.
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“4”: Como consecuencia de acciones de fiscalización, se registran irregularidades en la cadena de comercialización del proveedor del responsable obligado a consultar el “Archivo de Información sobre Proveedores”. Los proveedores que hayan sido encuadrados en esta categoría permanecerán en ella por el lapso de TRES (3) meses calendario. Al finalizar el tercer mes podrán quedar alcanzados por cualquiera de las categorías establecidas en este inciso. En el sistema se registra 100 en excepción y porcentaje directo.
En el caso de reincidencia, el lapso indicado se incrementará a DOCE (12) meses calendario.
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“5”: Se registra algún incumplimiento tributario en el marco de la Resolución General N° 1.575, sus modificatorias y complementarias, o no posee un nivel de solvencia adecuado. Si el proveedor se encuentra en situación 5 se le agregan los conceptos Factura M, tanto de IVA como de Ganancias, y se eliminan los demás conceptos configurados en el Proveedor. Para más información, ingresar a este documento. Registrándose 100 en excepción y porcentaje directo.
Importante: En caso de que el proveedor no tuviera configurada la Retención de IVA en la solapa Retenciones y Percepciones, no importará el registro.