Retención de IIBB en pagos de Liquidaciones de Granos con intermediario

Consulta: Tengo que realizar el pago de una Liquidación de compra de granos con intermediario, en el cual se debe retener Ingresos Brutos (IIBB) ¿Cómo se calcula y en donde puedo corroborar si se está reteniendo de forma correcta?

Revisamos el caso con un ejemplo:

  1. Tenemos una Liquidación Secundaria de compra de granos, la cual tiene dos actores: proveedor y corredor, cuyo total bruto es el siguiente

  1. Queremos realizar el pago de esta liquidación, en la cual vamos a retener IIBB, y el ISAR (base imponible sobre la cual se retiene) debería ser el total bruto de la liquidación. Al realizar el pago, la retención de IIBB es sobre la provincia de Entre Ríos y el ISAR que toma es el siguiente:

¿Es correcto este ISAR? Ya que no coincide con el Importe Bruto de la liquidación que se quiere pagar.


Respuesta: Lo primero que tenemos que tener cuenta es lo siguiente:
Cuando se emite una Liquidación Secundaria de Compra de Granos con Corredor se generan dos deudas, una con el proveedor (sólo por el monto del IVA) y otra con el corredor (por el resto de la operación).
Dicho esto, al emitir el pago al proveedor no se debe retener nada porque se está pagando el IVA.
Sin embargo, al emitir el pago al corredor se debe retener sobre esa base imponible que lógicamente no incluye el IVA porque éste se le carga al proveedor.

Es muy importante tener claro que por más que se le esté pagando al corredor, el sujeto pasivo de la retención es el proveedor, por lo cual, tendrías que tener en cuenta la configuración del proveedor y del maestro Admin. Retenciones y Percepciones por Contribuyente pero del proveedor (no del corredor).


Pasos a seguir:

:pencil2: Revisar la configuración del Proveedor:

:pencil2: Revisar el Maestro Admin. Retenciones y Percepciones por Contribuyente de proveedor:

En el ejemplo planteado, el cálculo que hace el sistema es:
$5.412.660 (importe bruto de la liquidación) / 1,105 (se descuenta el IVA) = 4.898.334,84 / 2 = 2.449.167,42 (que es el ISAR que vemos en la retención del pago)
x 0,1 / 100 = $2.449,17 (importe de la retención)

El 0,1 se ve en el Admin. para el Proveedor y se divide por 2, ya que la retención se aplica sobre el 50% del importe bruto, descontado el IVA.

:pencil2: También podemos revisar el Gestor de Retenciones y Percepciones de IIBB y buscar la combinación que tenemos según la liquidación y las configuraciones que revisamos del proveedor:

Si miramos la liquidación tiene las siguientes características:

El proveedor indica que está inscripto para la provincia en Convenio Multilateral:

Entonces en el gestor mira la siguiente combinación:

Acá nos indica que se aplica la retención sobre el 50% del importe bruto. También dice que se debe aplicar un 3% sobre ese 50%, pero ese dato lo obtiene del Admin., que l revisa primero.